este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumanà, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la causa, para ALICIA ELENA BOLÍVAR BOLÍVAR, venezolana, de 25 años, titular de la cedula de Identidad Nº 19.346.101, de estado civil soltero, de oficio Administradora, fecha de nacimiento 28/08/1988, hijo de los ciudadanos Elciria Bolívar y Nerio Antonio Campos, con residencia en el Brasil sector III, vereda 27, casa 02, Cumaná, Estado Sucre, teléfono: 0424.877.7670, por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO y LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: JOSÉ RAFAEL OYER, por extinción de la acción penal por prescripción; todo ello, conforme a lo establecido en el numeral 3 del artículo 300 del Códi.....