éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano MIGUEL ÁNGEL URBANEJA BRACHO, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.421.431, nacido el 30-12-1972, de 41 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, hijo de Víctor Urbaneja y Gregoria Bracho, y residenciado en el Barrio Altamira, Calle Principal, Casa S/N, frente al Taller Lino, Parroquia Santa Catalina, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la presunta comisión de los delitos de: VIOLENCIA PSICOLÓGICA, VIOLENCIA FÍSICA Y VIOLENCIA PATRIMONIAL, previstos y sancionados en los artículos 39, 42 y 50 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre d.....