En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOLIVAR Y MEJIA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: SERGIO BAUTISTA MARCHAN BARRETO y BESAIDA MARIA MARQUEZ VARGAS, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad números: V-4.011.366 y 5.075.791, respectivamente, el primero domiciliado en la calle Buena Vista, Nº. 64, Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre y la segunda domiciliada en carretera Cumana – Marigüitar, Sector Juana Josefa, casa S/N., Municipio Bolívar del Estado Sucre, debidamente asistidos en este acto por la Abogada en ejercicio TATIANA CAROLINA CORTESIA MARQUEZ,, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el número 134.....