Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada DALIA MARÍA RUÍZ, Fiscal del Ministerio Público en Materia de Drogas del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, contra la decisión dictada en fecha 23 de Febrero de 2011, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, mediante la cual acordó la sustitución de la Medida de Privación Judicial de Libertad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256, ordinal 3°, del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado EFRÉN JOSÉ CARABALLO, por cuanto la Fiscalía del Ministerio Público en materia de Drogas acusó al referido imputado por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previst.....