Este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda Medidas de Protección y Seguridad; de conformidad con lo establecido en el artículo 87 numerales 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; al imputado ANGEL LUIS GOMEZ, venezolano, de 44 años de edad, nacido en fecha 13-03-1964, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.643.861, de estado civil soltero, de profesión PLOMERO, residenciado en el barrio Venezuela, cuarta calle, casa No. 215, de esta Ciudad de Cumaná, Estado Sucre, siendo las siguientes: PROHIBICION DE ACERCAMIENTO VIOLENTO A LA VICTIMA SU RESIDENCIA, LUGAR DE TRABAJO, ESTUDIO DE LA MUJER AGREDIDA, ASÍ COMO LA PROHIBICION DE QUE POR SI MISMO O POR TERCERAS PERSONAS REALICE ACTOS DE PERSECUCIÓN, INTIMIDACIÓN O ACOSO A LA MUJER AGREDIDA O ALGUN INTEGRANTE DE SU FAMILIA; todo ello por la presunta comisión del delito de AMENAZAS, previsto .....