En razón de todo lo antes expuesto este Tribunal Cuarto De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, Administrando Justicia En Nombre De La República Y Por Autoridad De La Ley, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 26 y 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 264, 262 numeral 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal, ordena la ubicación y captura del ciudadano CARLOS ALEXANDER MARIÑO ALFONZO, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, venezolano, mayor de edad, sin oficio definido, soltero, titular de la cédula de identidad N° 13.316.524, hijo de Marcial Mariño y Zulia Alfonso, residenciado en las Residencias Regina, Avenida Bermúdez, habitación 14, de esta ciudad de Cumaná ó Urbanización las Palmas, residencia Isla de Plata, Torre A, Apartamento APB-1, Guanta Estado Anzoátegui, a quien se le imputa el delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos MICHAEL JOSE .....