éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justuicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Condena al ciudadano Williams José Velásquez Ortega , venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.291.717, de 26 años de adad, soltero, nacido en fecha: 08-11-76 de profesión u oficio: indefinida, hijo de Angel Velásquez y Carmen Ortega y domiciliado en Calle Principal, casa s/n, sector 23 de enero de Rió Caribe Estado Sucre; a cumplir la pena de Cuatro años de presidio más las accesorias de ley por ser responsable de la comisión del delito de Robo Propio, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, en perjuicio de Geraldine Narguery