DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: LUIS GERARDO BETANCOURT DIAZ, venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez, Estado Sucre, de 31 años de edad, nacido en fecha 05/09/1982, titular de la Cedula de Identidad, V- 15.596.049, soltero, de profesión u oficio Estudiante de Administración, hijo de Migdalia Betancourt y Omar José Betancourt, residenciado en la victoria, calle principal, casa sin número, frente a la laguna, Guiria, Municipio Valdez Estado Sucre por la presunta comisión del delito RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; consistente en un régimen de presentaciones cada treinta (30) días por el lapso de Ocho (08) meses, por ante la Comandancia de la Polic.....