Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: SE DECLARA ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados MIGUEL AUGUSTO FRANK BARRIOS y JADDER RENGEL SALAZAR, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 107.620 y 109.295; actuando en su condición de Defensores Privados de los ciudadanos: ENRIQUE MANUEL FIGUEROA LISTA, ADRIAN ALÍ MARQUEZ RODRÍGUEZ Y MARBELIS LISTA, contra la decisión dictada por el Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, en fecha 12 de agosto de 2004, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de los imputados: ENRIQUE MANUEL FIGUEROA LISTA, ADRIAN ALÍ MARQUEZ RODRÍGUEZ Y MARBELIS LISTA, titulares de la Cédula de Identidad Nros. 15.741.364, 13.772.164 y 13.835.203, respectivam.....