Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 1, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICA las Medidas de Protección y Seguridad, en contra del imputado: DOMINGO RAMON CEDEÑO, quien es venezolano, natural de Carúpano, del Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad Número V- 14.173.151, casado, nacido en fecha 05-11-1976, de 37 años de edad, chofer, hijo de Orlando Herrera y Astenia Bello, residenciado en: sector Quebrada de piedra, Av. Principal, entrada al charcal, vía el pilar, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, impuestas por el órgano receptor de denuncia, de conformidad con lo establecido en el artículo 87, numeral 6 de la ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia; a favor de la victima CARMEN ELENA PINO, en virtud de la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSI.....