Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado WILMAL ZAPATA PÉREZ, Defensor Público Penal del ciudadano JAVIER ALEJANDRO ROMERO, contra decisión dictada por el Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en fecha 11 de Febrero de 2013, mediante la cual decretó MEDIDA CAUTELAR PRIVATIVA DE LIBERTAD en contra deL ciudadano antes mencionado, por la presunta comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, OCULTAMIENTO DE ARMA DE GUERRA, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD Y FALSA ATESTACIÓN ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO, previstos y sancionados en los artículos, 277, 274, 218 y 320 del Código Penal concatenados con los artículos 9, 3 y 6 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio del ESTADO VEN.....