Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, otorga AUTORIZACIÓN JUDICIAL, en consecuencia AUTORIZA a la ciudadana ERIKA JOSE CARDOZO, venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº. 14.126.772, de este domicilio, debidamente asistida por la Abog. Aiskel Delgado inscrita en el IPSA bajo el Nº 101.871, para que tramite ante la Universidad de Oriente los beneficios que por cláusulas contractuales tales como: Inscripción Escolar, Útiles Escolares, Uniformes, Becas de Estudios Primas por Juguetes, ayudas por concepto de viajes por exámenes médicos y demás beneficios por ante la Universidad de Oriente puedan corresponderles a sus hijos Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezue.....