En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos YARELYS AMANDA QUIJADA y LUIS BELTRAN ALFONZO LOZADA, venezolanos, mayores de edad, casados, de este domicilio, hábiles legalmente, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 9.934.500 y V.-10.877.298, respectivamente, domiciliada la primera de los nombrados en Calle Perú, casa S/N, de la ciudad de Carúpano, Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y el segundo de los nombrados se encuentra domiciliado actualmente en Calle Principal El Muco, casa S/N, a 50 metros de la Urbanización Sol del Caribe, Parroqui.....