En atención a las consideraciones antes expuestas, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con fundamento en los artículos, 8, 365, 369 y 373, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, declara: CON LUGAR, la demanda que por FIJACIÓN DE MANUTENCIÓN, que intentara en su condición de madre la ciudadana: ROSA ANTONIA MILLAN FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, soltera, de oficios del hogar; Titular de la cédula de identidad Nº V-26.216.532, domiciliada en la calle Andrés Eloy Blanco, casa s/n°, Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre; en contra del ciudadano: ALEJANDRO ANTONIO SALAS GARCIA, venezolano, mayor de edad, de ocupación obrero, titular de la cédula de identidad Nº V-23.924.175, domiciliado en la Urbanizaci.....