y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante éste Juzgado de los testigos ciudadanos: CARMEN DE LOURDES SANCHEZ DE RIVAS y PEDRO JESUS GUTIERREZ CABRERA, venezolanos, mayores de edad, jubilada la primera, contabilista el segundo, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 3.873.823 y 1.468.206, de éste domicilio, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO CESAR RAMON GAMARDO VIÑA, a los ciudadanos CARMEN CIRA VIÑA DE GAMARDO, MAITE DEL CARMEN GAMARDO DE JIMENEZ, CESAR OSWALDO, JESUS ENRIQUE y JAIME JAVIER GAMARDO VIÑA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimi.....