JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 31 de Octubre de 2.005
195° y 146°
SOLICITUD Nº 4.764

SOLICITANTE: CARMEN CIRA VIÑA DE GAMARDO, titular de la
Cédula de Identidad Nº 5.858.992.

DOMICILIO PROCESAL: Urbanización Curacho, Vereda 03, casa Nº 13,
Carúpano, Estado Sucre.

APODERADO: No otorgó Poder.

MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES
HEREDEROS.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la solicitud presentada por la ciudadana CARMEN CIRA VIÑA DE GAMARDO, venezolana, mayor de edad, viuda, ocupaciones del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.858.992 y domiciliada en la Urbanización Curacho, Vereda 03, casa Nº 13, de esta ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante éste Juzgado de los testigos ciudadanos: CARMEN DE LOURDES SANCHEZ DE RIVAS y PEDRO JESUS GUTIERREZ CABRERA, venezolanos, mayores de edad, jubilada la primera, contabilista el segundo, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 3.873.823 y 1.468.206, de éste domicilio, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO CESAR RAMON GAMARDO VIÑA, a los ciudadanos CARMEN CIRA VIÑA DE GAMARDO, MAITE DEL CARMEN GAMARDO DE JIMENEZ, CESAR OSWALDO, JESUS ENRIQUE y JAIME JAVIER GAMARDO VIÑA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Francis Vargas Campos.
Constante de Diecinueve (19) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,

Francis Vargas Campos.


SGDM-mmg.
Sol. Nº 4764