y estudiadas como han sido las declaraciones de los testigos ciudadanos: REINA DEL VALLE VILLARROEL ALCÁNTARA y ABELARDO OLIVO MILLÁN CUSTODIO, Venezolanos, mayores de edad, con domicilio en La Esperanza, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 4.945.911 y 5.876.787, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante este Tribunal, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Extinto: ARMELAN JOSÉ MARÍN, a la ciudadana: LUZMILA JOSEFINA VELÁSQUEZ DE MARÍN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 12.151.324, y con domicilio en El Caserío La Es.....