y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante el Juzgado de los Municipios Benítez y Libertador del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre de los testigos ciudadanos: LUÍS JOSÉ SALAZAR MATA Y ILARIO ANTONIO LÓPEZ LEIBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.297.264 y 4.032.775, domiciliados en Guaraunos del Municipio Benítez del Estado Sucre, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA EXTINTA MARÍA YOLANDA PRUÑEZ DE GIL, a las ciudadanos VEIRA DEL VALLE, MERCEDES DEL CARMEN, MARIA YOLANDA, JOSEFA MARÍA, YSMENIA JOSEFINA, LEÓN BENIGNO, LUÍS JOSÉ, LUISA CARMEN GIL.....