visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías fomentadas sobre un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras, ubicada en el Sector Algarrobo de Buenos Aires, jurisdicción de la Parroquia Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, en un área aproximada de Catorce Hectáreas (14,00 HAS) y alinderado de la siguiente manera: NORTE: Hacienda que es o fue de los ciudadanos Francisco Ponce y Pilar Rodríguez; SUR: Hacienda que es o fue de los Pablo Crespo y Arcadio Rodríguez; ESTE: Finca Agrícola que es o fue de las ciudadanas Cirila Córdova y Pilar Rodríguez; y OESTE: Hacienda de cacao que es o fue de los sucesores de Felipa Aguilera, constituídas por: Seis mil (6.000) matas de cacao, mil (1.000) matas de café, cincuenta (50) pardillos, cien (100) apamates, seis (06) cedros y cien (100) de aguacate; y por cuanto de las declaraciones rendidas por ante este Juzgado de los testigos: CARLOS MO.....