JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 17 de Noviembre de 2.005
195° y 146°
SOLICITUD Nº 4.777
SOLICITANTE: AGUSTIN EMILIO QUIJADA, titular de la
Cédula de Identidad Nº 1.501.238.
APODERADO No otorgó.
DOMICILIO PROCESAL: Población de Yaguaraparo, Municipio Cajigal
del Estado Sucre.
MOTIVO: DECLARACION DE TITULO SUPLETORIO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
Vista la solicitud presentada por el ciudadano: AGUSTIN EMILIO QUIJADA, venezolano, mayor de edad, soltero, agricultor, domiciliado en la Población de Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre y titular de la Cédula de Identidad Nº 1.501.238, y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías fomentadas sobre un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras, ubicada en el Sector Algarrobo de Buenos Aires, jurisdicción de la Parroquia Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, en un área aproximada de Catorce Hectáreas (14,00 HAS) y alinderado de la siguiente manera: NORTE: Hacienda que es o fue de los ciudadanos Francisco Ponce y Pilar Rodríguez; SUR: Hacienda que es o fue de los Pablo Crespo y Arcadio Rodríguez; ESTE: Finca Agrícola que es o fue de las ciudadanas Cirila Córdova y Pilar Rodríguez; y OESTE: Hacienda de cacao que es o fue de los sucesores de Felipa Aguilera, constituídas por: Seis mil (6.000) matas de cacao, mil (1.000) matas de café, cincuenta (50) pardillos, cien (100) apamates, seis (06) cedros y cien (100) de aguacate; y por cuanto de las declaraciones rendidas por ante este Juzgado de los testigos: CARLOS MODESTO JAUREGUI CEDEÑO y ROGELIO ANTONIO MARCANO GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, agricultor el primero, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 3.053.451 y 3.943.500, respectivamente, domiciliados en la Población de Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre y en la que se demuestra el derecho o pretensión del solicitante.
Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor del ciudadano: AGUSTIN EMILIO QUIJADA sobre las referidas Bienhechurías, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,
T.S.U. Francis Vargas Campos.
Constante en Siete (07) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
T.S.U. Francis Vargas Campos.
SGDM-mmg.
Sol. Nº 4.777
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