y estudiadas como han sido las declaraciones de los testigos ciudadanos: ANGÉLICA CAROLINA MOYA GUERRA y ROWIND JOSÉ HERNÁNDEZ NAVARRO, venezolanos, mayores de edad, domiciliado el Primero en el Municipio Bermúdez del Estado Sucre y el Segundo en el Municipio Andrés Mata del Estado Sucre; titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 10.880.276 y Nº 14.716.515, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante este Juzgado, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ella demostró lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO: JOSÉ FELIPE HURTADO a las ciudadanas: JUANA DE DIOS RODRÍGUEZ, CRUZ MODESTA HURTADO RODRÍGUEZ, YSBELY MARÍA HURTADO RODRÍGUEZ, MARÍA TRINID.....