Vista la anterior diligencia suscrita por la parte demandada ciudadano RONALD JOSE RUIZ BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.437.609, asistido de la Abogada ANGELICA RUIZ BRAVO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 121.973, y por la parte demandante ciudadano JOSÉ MANUEL LÓPEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 1.913.649, asistido del abogado en ejercicio LENIN CARMONA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.617, y por haber cumplido la parte demandante con Convenimiento suscrito en la presente causa, homologado por este Tribunal por decisión de fecha 26 de Enero de 2017, es por lo éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Así se decide. En consecuencia, se suspende l.....