En este estado, este Tribunal para decidir observa:
En el presente expediente se encuentra plenamente demostrado que el día 02 de Marzo del 2004, a las 6:50 minutos de la tarde en la vía que conduce de Rió Caribe a Cachipal de Yaguaraparo a la altura del caserío Agua Santa entre Rió del Medio y Bohordal al pasar la Curva ocurrió un accidente entre el Vehículo: MARCA: Chevrolet; MODELO: 10734; AÑO: 1.982; COLOR: Beige; CLASE: Camioneta; TIPO: Pick-Up; USO: Carga; PLACAS. 56 M-AAV; SERIAL DE CARROCERÍA: CCD14CV206751; SERIAL DEL MOTOR: DCV206751, propiedad de: JAVIER JOSE VELÁSQUEZ y el Vehículo: Marca: Ford, Modelo: F-750, Clase: Camión, Tipo Volteo, Color Amarillo, Año: 1.979, Servicio: Carga y con Placas Identificadoras: 343-GBH, conducido por: ARGENIS ASUNCIÓN MEDINA ALIENDRES y propiedad del Señor: MIGUEL RAMÓN MEDINA GONZÁLEZ y que dicho accidente obedeció a la imprudencia del conductor: ARGENIS ASUNCIÓN MEDINA ALIENDRES al estacionarse en la curva sin señalamiento alguno.
Quedó.....