DECRETA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el siguiente bien inmueble constituido por un apartamento, ubicado en el Conjunto Residencial Gran Mariscal de Ayacucho (segunda etapa), de esta ciudad de Cumaná, Parroquia Valentín Valiente, Municipio Sucre del Estado Sucre, identificado con el Nro. 402-01, planta baja del Edificio 402, Bloque 09 del Conjunto Residencial, el cual le pertenece a los demandados según compra venta autenticada por ante la Notaría Pública de Puerto Ordaz Municipio Autónomo Caroní del Estado Bolívar, en fecha 04 de Septiembre del 2002, quedando inserto bajo el Nº 04, tomo 164 y posteriormente Protocolizado por ante la Oficina de Registro Público del Municipio Sucre del Estado Sucre, en fecha 15 de Octubre de 2002, registrado bajo el Nº 46, folios 289 al 293, Protocolo Primero, Tomo Tercero, Cuarto Trimestre de dicho año. En consecuencia, se ordena oficiar a la Oficina de Notaria Pública del Estado Sucre y a la Oficina de Registro Público Inmobiliari.....