Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION de la Instancia en el presente juicio introducida por la ciudadana ISA MARIN MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.730.550, domiciliada en la calle principal de Canchunchú Viejo, sector 19 de Abril, casa N° 152, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, contra el ciudadano PABLO GARCÍA TORRES, Extranjero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº E. 81.648.102, domiciliado en el sector 7 de Enero, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre representado por el Defensor Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 267 Ejusdem. Así se decide.-