Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción de RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, intentada por el ciudadano DARWIN JOSE JIMENEZ PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.440.664, domiciliado en Irapa, Sector Pueblo Viejo, S/N, (cerca del hospital), Municipio Mariño, del Estado Sucre, en beneficio del niño Omissis, contra la ciudadana DENIS MARGARITA QUIJADA CEDEÑO, venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cedula de Identidad No. 12.982.406, domiciliada en Avenida Sucre (casa de Luís Caraballo cerca del Cementerio) S/N, Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre.-