SE DECRETA PROVISIONALMENTE (COLOCACION FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA), a favor del adolescente ANGEL LUIS BARRETO YEGRES y la niña MARIANGELICA DEL CARMEN BARRETO, de quince (15) y nueve (09) años de edad respectivamente, a la ciudadana CARMEN TERESA ANDRADES DE YEGRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.88.990, y se emplaza, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 461 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, al ciudadano LUIS RAMON BARRETO ARREDONDO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 9.981.896, domiciliado en Cantarrana, tercera calle, casa s/n, Cumaná – estado Sucre, quién tendrán un plazo de cinco (5) días de Despacho contados a partir de que conste en auto la consignación de las citaciones, en horas comprendidas entre las 08:00 a.m. y 1:00 p.m., para que conteste la demanda intentada en su contra