Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO formulada por los ciudadanos: LUIS ALCIDES GOMEZ MENDOZA y YAMIRA DEL VALLE VELASQUEZ ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.276.549 y V-12.271.680, respectivamente, casados, cónyuges entre sí, domiciliados el primero en Colinas de Campeche, Calle Principal 1er Transversal, Casa Nro. 43 y la segunda en el Sector la Ensenada, Calle Principal, Vía Autopista Antonio José de Sucre, Cumaná, Estado Sucre, en consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 254 del Código Civil, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre éstos nacido de acta de matrimonio Nº 653 de fecha 22-12-1992