En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos, ANGEL DE JESUS FRONTADO RAMIREZ y MARIA MAGDALENA CALZADILLA DE FRONTADO, quienes son venezolanos, mayores de edad, Cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números V-8.433.936 y 5.881.587, respectivamente, asistidos por el abogado, LUIS FELIPE LEAL TOTESAUT, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.555, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la entonces Prefectura del Municipio Santa Catalina, Distrito Bermúdez del Estado Sucre, en fecha 01 de marzo de 1978.-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, remítase bajo oficio, copia certif.....