En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: TIBISAY DEL CARMEN RUSSO VILLARROEL y RAFAEL ANTONIO MARES FARIAS, titulares de la cédula de Identidad N°: V- 6.767.242 y V- 10.221.246, respectivamente, y de este domicilio, asistidos por el abogado en ejercicio ciudadano: ANYERSON VELASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 146.980, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha Cinco (05) de Marzo del año Mil Novecientos Ochenta y Siete (1.987).-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, remítase bajo oficio, cop.....