En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos, ZAMARIS DEL JESUS NORIEGA DIAZ y CRUZ EUGENIO GONZALEZ PEÑA, quienes son venezolanos, mayores de edad, Cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.866.084 y V-10.217.322, respectivamente, asistidos por el abogado, JOSE GREGORIO SANCHEZ IZAGUIRRE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.460, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Rosa, del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha 11 de octubre de 2003.-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, remítase bajo oficio, copia certificada de la p.....