Por lo tanto, como el error alegado está probado en autos, por la copia certificada valorada, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y CRUZ SALMERÓN ACOSTA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO, incoada por el ciudadano MARCOS RAFAEL RIVAS, por lo que en dicha acta de Matrimonio, tienen que hacerse las siguientes correcciones:
1. El nombre del solicitante tiene que escribirse MARCOS RAFAEL.
2. El nombre de la madre del solicitante tiene que escribirse ESTÍLITA MARÍA.
3. En el interrogatorio, el nombre de la contrayente tiene que escribirse CARMEN HERMINIA.