En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOLIVAR Y MEJIA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: WLADIMIR JOSÉ NAVARRO y LUISA MARGARITA ROMÁN DE NAVARRO, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad números 8.442.378 y 8.654.873, respectivamente, el primero domiciliado en el Sector Capiantar, casa s/n y la segunda en el Sector Campamento casa s/n, de la población de Mariguitar, Municipio Bolívar del Estado Sucre, debidamente asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio, RAFAEL LUIS SÁNCHEZ SÁNCHEZ, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el número 126.380, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que .....