En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOLIVAR Y MEJIA DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: JOEL BAUTISTA RENGEL y NICOLASA ANTONIA MARQUEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad números 3.871.418 y 8.429.974, respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio, SIMON DE LA TRINIDAD VASQUEZ COVA, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo los números 20.357, respectivamente, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante el Prefecto del Municipio Marigüitar, Distrito Mejìa, Estado Sucre, hoy Municipio Bolívar, en fecha d.....