En atención a lo anteriormente expuesto Este Tribunal actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara
a) Con lugar la Calificación de la aprehensión del adolescente en flagrancia
b) Con lugar la solicitud fiscal de continuar con el procedimiento breve, ya que no existen otras actuaciones que realizar
c) Con lugar la solicitud de Detención para asegurar la comparecencia al Juicio Oral, presentada por la fiscalía de conformidad con el artículo 581 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, del adolescente Omissis, antes identificado, en consecuencia se ordena librar boleta detención y su remisión mediante oficio al Comandante de policía de ésta ciudad, y sin lugar la solicitud de medida cautelar planteada por la defensa.
d) Con lugar la solicitud de Evaluación Psicológica y Social presentada por la Defensa, en consecuencia líbrese Oficio a las Lic. Haydee Carolina Hernández y Griselda Lunar para la respectiva evaluación.
e) Con lugar l.....