Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, EJECUTA la sentencia dictada en dictada en fecha 26 de Octubre de 2012, por el Tribunal Primero de Juicio de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó a VÍCTOR LUÍS URBAEZ GUILARTE, quien dijo ser venezolano, Natural del Guiria, de 20 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cedula de Identidad N°: 28.188.950, de oficio agricultor, nacido el 12.11.1990, hijo de Cosme Urbaez, y Fidela del Carmen Guilarte, domiciliado en Sector Rió De Guiria, las Viviendas, casa sin numero, cerca de la bodega de la señora Brigida, Estado Sucre, Municipio Valdez; a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRESIDIO, mas las Accesorias de Ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO SIMPLE EN GRADO DE COMPLICIDAD previsto .....