DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de primera instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, al Ciudadano VÍCTOR JESÚS GAMBOA MARTÍNEZ, Venezolano, natural Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre , titular de la Cedula de Identidad Número V- 27.572.727, de 22 años de edad, nacido en fecha 21/09/1995, soltero, oficio u ocupación Albañil, hijo de Víctor Gamboa y Juana Martínez, calle santa Inés, casa s/n, cerca de la bodega de la sra ireima, Guiria, municipio Valdez Del Estado Sucre por la comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal, en perjuicio de MIGUELAINIS NORENLEI CALZADILLA CEDEÑO, de conformidad con lo establecido en el articulo 30.....