Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA: LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO, en el presente asunto seguido al ciudadano JESÚS JAVIER TENIAS LEON, venezolano, natural de Sabaneta, Municipio Benítez, de 19 años de edad, nacido en fecha 29/07/1991, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.376.811, de oficio estudiante, hijo de Rusela Lión y Pedro Tenias, y residenciado en Sector 11 de Julio, Casa S/N, a tres casa de la cancha de Sabaneta, Comunidad de Sabaneta, Jurisdicción del Municipio Benítez del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el del artículo 470, en perjuicio de Esteban Camilo Ramírez, de conformidad con los artículos 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Pena.....