Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RATIFICA las Medidas de Protección y Seguridad, en contra del imputado: MIGUEL SALAZAR, venezolano, natural de Cumana, Municipio Sucre del Estado Sucre, soltero, de 52 años de edad, funcionario de inteligencia, titular de la Cédula de Identidad Número V- 5.692.184, nacido en fecha 30-06-1.960, hijo Armando Benítez y Rafaela Velásquez y domiciliado en: Calle Callejón Los Mangos, casa S/N, Urbanización el Muco, Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, impuestas por el órgano receptor de denuncia, de conformidad con lo establecido en el artículo 87, numerales 1°, 5°, 6° y 13° de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia. En tal sentido: PRIMERO: La prohibición al ciudadano MIGUEL SALAZAR, acercarse al lugar de trabajo o estudio y residencia de la víctima SEGUNDO.....