Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso y establece como condiciones a cumplir por el ciudadano ARGENIS JOSE LEON GONZALEZ, venezolano, natural de Carúpano, estado Sucre, de 31 años de edad, nacido en fecha 12-05-1980, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 14.064.652, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Argenis José León González y Rita María de León, residenciado en: El Morro, calle Los olivito, casa s/n, frente a la antena de Movilnet, Municipio Arismendi, Estado Sucre; durante el plazo de un (01) año, las siguientes: PRIMERO: Recuperar un sector de la Playa "Los Olivitos", Parroquia El Morro, Municipio Arismendi del Estado Sucre, con la siembra y cuido de 20 plantas de Coco (cercano a la escuela). SEGU.....