Por las razones antes expuestas, este Tribunal CUARTO de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano JOSE LUIS MATA QUIJADA, de nacionalidad Venezolano, natural de Carúpano Estado sucre, de 20 años de edad, nacido en fecha 06/04/1995, cedula de Identidad V-27.573.342, hijo de Luisa Quijada y Luís Mata ,de estado civil soltero, de profesión u oficio sin oficio, Residenciado en el Barrio San Martín, Sector Las Acacias, calle principal, casa sin numero, cerca del multihogar, y el mirador, Municipio Bermúdez del Estado sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, consistente en presentaciones periódicas presentaciones cada Treinta (30) Días, por.....