por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de primera instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los Ciudadanos LUÍS ANTONIO DEL VALLE RODRÍGUEZ, venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, de 20 años de edad, nacido en fecha 08-04-1993, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 22.924.317, de oficio obrero, hijo de Belkis Vasquez y Luís Rodríguez y residenciado en calle principal de la Frontera de Guiria, vía al aeropuerto de Guiria, Casa N° 71, Municipio Valdez del Estado Sucre; por la comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y san.....