Por las razones antes expuestas, este Tribunal Penal de Primera Instancia Municipal y Estadal en funciones de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor del ciudadano: ANGEL NICOMEDES GUILARTE QUIJADA, Venezolano, natural de El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, de 18 años de edad, nacido en fecha 10-09-1996, de profesión u oficio agricultor, de estado civil soltero, Titular de la Cédula de identidad número V-27.993.201, hijo de Nicomedes Guilarte y Maria Elena Quijada, residenciado en Río Seco, Calle La manga, casa s/n, como a 20mts del Club Virgen del Valle, El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, por la presunta comisión delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, tipificado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. En lo relativo a la aprehensión del imputado, e.....