Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ,DECRETA, el Sobreseimiento de la causa al ciudadano ENNIO RAFAEL GOMEZ GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° 14.717.858, soltero, residenciado en Guiria de La Playa, Sector La Recta, casa S/N, Carúpano , Municipio Bermúdez del Estado Sucre. Todo en conformidad con los artículos 45, 48 ordinal 7 y 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifiquese a las partes y en su debida oportunidad remitase al Tribunal de Ejecución Competente. Cúmplase.
La Jueza Cuarta de Control
La Secretaria
Abog. Lourdes M. Salazar Salazar
Abog María Acosta