Por todo lo antes expuesto; éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO en el presente asunto seguido al acusado: ANDRES JOSE RIVERA, venezolano, natural de Carúpano, de 34 años de edad, nacido en fecha 12-10-1.973, titular de Cédula de Identidad N° 13.275.534, de profesión u oficio: Electricista, hijo de Andrés Fernández y Dominga Maria Rivera, y domiciliado en: Charallave, cuarta Calle Vía los almendrones, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta participación en la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN EJECUCION DE UNA RIÑA, previsto y sancionado en el articulo 406, ordinal 1, por motivos fútiles e innobles del Código Penal, en concordancia con el articulo 425 .....