En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado JOSE RAFAEL ARIAS MARCANO venezolano, natural de Guiria , Municipio Valdez, de 43 años de edad, nacido en fecha 16-06-1970, de profesión u comerciante, de estado civil soltero, Titular de la Cédula de identidad 9.938.360, hijo de Alcida Arias y Alberto Arias, residenciado en: Calle las Delicias, casa sin numero, sector la Frontera, Guiria, Municipio Valdez, del Estado Sucre, por encontrarse incurso en la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en el artículo 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de YURMIS DEL CARMEN GONZALEZ GUERRA, de confo.....