Por las razones antes expuestas este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal, del Estado Sucre, Extensión Carúpano Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los ciudadanos Héctor José Gil Urbaneja, venezolano, de 34 años de edad, nacido en fecha 07/10/1974, de estado civil Soltero, titular de la cédula de identidad Nº 15.893.657, de profesión u oficio Ayudante de albañil, hijo de Gil ( no sabe el nombre) y Santa Urbaneja y residenciado en: Calle principal de la tubería, Casa S/N, cerca de la planta de agua, Municipio Valdez del Estado Sucre y Leonardo del Jesús Pacheco, venezolano, natural de Guiria, de 20 años de edad, nacido en fecha 23/11/1990, de estado civil. Soltero, titular de la cédula de identidad Nº 23.946.977, de profesión u oficio pescador, hijo de Estevina Pacheco y Jesús Narváez y residenciado en: Sector primero de marzo, calle principal casa Nª 02,.....