éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONFIRMA las Medidas de Protección y Seguridad, en contra del imputado: HENRY OSWALDO LOZADA SUNIAGA, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, soltero, de 55 años de edad, de profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad número V- 5.855.168, nacido en fecha 01-12-1.957, hijo Luis Oswaldo Lozada y María Suniaga de Lozada y domiciliado en: Calle José Félix Ribas, Libertad, casa S/n, cerca de la parada del Muco, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA y AMENAZA, previsto y sancionado en los artículos 39 y 41 Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la Ciudadana: YENIPHER ROXANA SUBERO BELLO, medidas de protección y seguridad impuest.....