DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la Extinción de la Acción Penal y DECRETA el Sobreseimiento de la causa, a favor del Ciudadano LUIS ALBERTO MALAVE, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° 12.740.510, hijo de Tibulcia Malave y Teofilo Rodríguez, nacido en fecha 17-12-1970, de 35 años, de oficio: Agricultor, residenciado en la Laguna de Guacimal, cerca de la bodega de Tino, Estado Sucre, Municipio Cajigal, Estado Sucre; por la comisión del delito de Lesiones Personales Menos Graves-, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal Vigente, en perjuicio de la victima Nelson Catalino González; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 46; 49 numeral 7, y 300 numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Quedan los presentes notificados.....