DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley PRIMERO DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano ENRIQUE JOSÉ ORTEGA, de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 11.438.388, de estado civil soltero, nacido en fecha: 02-03-1.962, de 46 años de edad, de profesión u oficio obrero, hijo de Pedro Marcano y Francisca Ortega, y domiciliado en: La Rinconada de Puerto Santo, calle principal, casa S/N, cerca del Bar que esta por la quebrada, Municipio Arismendi Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑAS SIN PENETRACION, tipificado en el artículo 259, en relación con el 260 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Ley Orgánica para la .....